Beneficios fiscales 2006

Beneficios fiscales 2006

Aplicables a la campaña de la Renta 2006, a celebrar en mayo y junio de 2007.

Deducciones para la familia, mayores y discapacitados

  • Deducciones por nacimientos o adopciones:
    • Por nacimiento o adopción, ampliable a los dos ejercicios posteriores al del nacimiento o a la adopción:
      Deducción de 255 € por cada hijo.
    • Por nacimiento o adopción múltiples:
      Deducción de 210 €.
    • Por nacimiento o adopción de hijo discapacitado, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%:
      Deducción de 210 € por el primer hijo o de 260 € por el segundo o posterior.
    • Por familia numerosa:
      Deducción de 190 € en caso de familia numerosa de categoría general, y de 435 € en caso de familia numerosa de categoría especial.
  • Deducciones por custodia en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos menores de 3 años:
    • El 15% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 255 € por cada hijo.
  • Deducciones por realización por uno de los cónyuges de la unidad familiar de labores no remuneradas en el hogar:
    • Deducción de 128 €.
  • Contribuyentes discapacitados, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, de edad igual o superior a 65 años:
    • Deducción de 168 €.
  • Por ascendientes mayores de 75 años y ascendientes mayores de 65 años discapacitados :
    • Deducción de 168 €.

Deducciones para la adquisición o arrendamiento de vivienda

  • Por adquisición:
    • De primera vivienda habitual por jóvenes de 35 o menos años:
      • Deducción del 3%.
    • De vivienda habitual por discapacitados, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%:
      • Deducción del 3%.
    • Adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con ayudas públicas:
      • Deducción de 94 € .
  • Por arrendamiento:
    • De vivienda habitual:
      • Deducción del 10%, con límite de 190 €.
    • De vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad por cuenta propia o ajena en un municipio distinto del que se residía con anterioridad:
      • Deducción del 10%, con límite de 190 €.

Para la protección del medio ambiente

  • Por inversiones realizadas para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual:
    • Deducción del 5%.
  • Por donaciones con finalidad ecológica a instituciones públicas valencianas o entidades sin ánimo de lucro:
    • Deducción del 20%.

Para el fomento de nuestra cultura

  • Por donaciones relativas al Patrimonio Cultural Valenciano:
    • En casos de donación a entidades culturales, Deducción del 10% del valor de los bienes culturales donados y del 5% de las cantidades dinerarias.
    • En los casos de conservación, reparación o restauración de los bienes culturales, el 5% de las cantidades invertidas.
  • Por donaciones destinadas al fomento de la lengua valenciana a instituciones públicas valencianas o a entidades sin ánimo de lucro: Deducción del 10%.