Intervenciones Delegadas e Intervenciones Delegadas Adjuntas

Intervenciones Delegadas e Intervenciones Delegadas Adjuntas

Además de la estructura central anteriormente señalada, la Intervención General tendrá una intervención delegada, y bajo su dependencia una o varias intervenciones delegadas adjuntas, en los servicios centrales de las consellerias, en los servicios territoriales de Alicante y Castellón de la conselleria con competencias en materia de hacienda, y en la Tesorería de la Generalitat, así como en las unidades administrativas y organismos cuyas características y volumen presupuestario lo hagan aconsejable. A dichas intervenciones delegadas les corresponde el ejercicio de las funciones contables y de control interno sobre las actuaciones de los órganos u organismos que tengan asignados.

Para el ejercicio del control interno en el ámbito de la administración sanitaria se podrán adscribir, asimismo, bajo la dependencia directa de la Viceintervención General para la Administración Sanitaria, intervenciones delegadas en aquellos centros hospitalarios cuyas características y volumen presupuestario así lo hagan aconsejable.

Las intervenciones delegadas en las consellerias con competencias en materia de educación y sanidad, así como en aquellas consellerias, unidades y organismos cuyas características y volumen presupuestario lo hagan aconsejable, contarán, bajo la dependencia de sus respectivas intervenciones delegadas adjuntas, de un Servicio de Fiscalización y Contabilidad, al que le corresponderá en su respectivo ámbito de actuación, las siguientes funciones:

  • El desarrollo de todas aquellas actuaciones preparatorias que precise el control interno de los actos y documentos de contenido económico.
  • El estudio, planificación y desarrollo de las actuaciones preparatorias que sean precisas para el ejercicio del control financiero permanente.
  • El desarrollo de las tareas encaminadas a la anotación y registro contable de los ingresos y gastos.
  • La comprobación de los requisitos previos para la toma de razón de las cesiones de crédito, así como para la emisión de certificaciones sobre datos y registros contables.
  • El control y seguimiento de los libramientos a justificar y rendiciones de cuenta de caja fija, así como de los créditos con alcance plurianual y con financiación afectada.