Depósito sobre fianzas de arrendamiento urbanas - Tesorería
¿Qué consecuencias puede tener no cumplir con la obligación de depositar la fianza?
Una vez comprobado por la Administración el incumplimiento, si procede, se iniciará un expediente en el que se girará liquidación con el recargo del 20% sobre el importe de la fianza más los intereses de demora generados desde el fin del periodo voluntario de ingreso.
¿Cómo se puede corregir un error en la grabación del documento de depósito de fianza?
¿Cómo realizo el depósito de una fianza fuera del plazo de un mes para el ingreso voluntario?
- el 5% si no se superan los 3 meses de demora desde la fecha voluntaria de ingreso
- el 10% si la demora es entre 3 y 6 meses desde la fecha voluntaria de ingreso
- el 15% si la demora es entre 6 y 12 meses desde la fecha voluntaria de ingreso
- el 20% si la demora supera los 12 meses desde la fecha voluntaria de ingreso
¿Cómo puedo pagar el depósito de una fianza de arrendamiento?
Si opta por el DEPÓSITO TELEMÁTICO, deberá realizar el pago del depósito de la fianza con TARJETA, que podrá ser de cualquier entidad, ya sea de crédito o débito, Visa, MasterCard o 6000. El límite de cargo será el de la propia tarjeta.
Si opta por el DEPÓSITO PRESENCIAL, deberá realizar el pago del depósito en metálico, en una de las entidades bancarias colaboradoras con la Generalitat en el depósito de fianzas: ABANCA, BANCO SANTANDER, CAIXABANK, CAJAMAR, IBERCAJA y SABADELL
¿Cómo saber si una fianza está o ha estado depositada en el Registro de Fianzas de la Generalitat?
El Registro de fianzas de la Generalitat tiene carácter administrativo, pero no es público. Solo las partes firmantes del contrato de arrendamiento pueden solicitar esta información al e-mail fianarren@gva.es , aportando copias de su documento de identificación y del contrato de arrendamiento.
Mi inquilino solo tiene pasaporte, ¿puedo depositar la fianza?
Si. En este caso debe optar por el depósito telemático, ya que el modelo 816 si acepta un número de pasaporte.
¿Es obligatorio depositar la fianza de arrendamiento?
¿Se puede utilizar la fianza para pagar las últimas rentas?
No, pues la fianza tiene una finalidad específica, y es la de responder de los posibles desperfectos que la persona arrendataria haya podido causar en el inmueble. La persona arrendataria no puede dejar de pagar con el pretexto de que hay compensación de cuantía de rentas con la fianza, pues a la persona propietaria le deja sin garantía en cuanto a la posible cobertura de daños en la vivienda.
La persona propietaria de una finca urbana, adquirida por compra, herencia, donación, etc., que se subroga en la posición la persona arrendadora, no debe hacer nada con la fianza depositada.
En su momento, cuando tenga que recuperarla, justificará la propiedad del inmueble para recuperar la fianza.
Tiene que solicitar la devolución de la fianza del contrato que termina y depositar la fianza del nuevo contrato.
¿Puedo añadir una nueva persona arrendataria al contrato vigente con fianza depositada?
El depósito de cada fianza corresponde a un arrendamiento concreto. La incorporación de una nueva persona arrendataria supone una modificación contractual, por lo que deberá solicitar la devolución de la fianza inicialmente depositada y al mismo tiempo depositar la nueva fianza incluyendo en la misma los datos de la nueva persona arrendataria junto al resto.
¿Cuál es el plazo para depositar la fianza?
¿Cuál es la cuantía de la fianza?
La fianza en un arrendamiento de vivienda asciende a una mensualidad de renta, y a dos mensualidades en el caso que el arrendamiento sea de uso distinto del de vivienda (locales, naves industriales y trasteros o garajes independientes).
¿Se debe ingresar la garantía adicional?
No es obligatorio, aunque si puede ser depositada junto a la fianza.
Si la persona arrendadora no efectúa el depósito de fianza ¿Qué puede hacer la persona arrendataria?
La persona arrendataria debe presentar en un registro de entrada, un escrito denunciando el incumplimiento de la obligación de depósito de la fianza, dirigido a la Secretaría Territorial de València de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, aportando copia del contrato de arrendamiento.
El modelo generado y resto de documentación se envía al email facilitado en la solicitud, en un plazo máximo de 24 horas.
Si no le llega en ese plazo le recomendamos que revise su carpeta de SPAM o compruebe la dirección del correo electrónico que facilitó.
Recuerde que si opta por el pago en entidad bancaria, al no tener que realizar pago telemático, el sistema avanzará automáticamente al siguiente paso.
Una vez depositada la fianza, ¿tengo que presentar o enviar la documentación?
No. Los documentos generados y aportados al cumplimentar el modelo correspondiente, quedan guardados en el proceso y no tiene que presentarlos ni enviarlos a ningún registro.