Beneficios fiscales en el Impuesto sobre el Patrimonio - Tributos
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Beneficios fiscales en el Impuesto sobre el Patrimonio
Aplicables a los hechos imponibles producidos en 2017.
Mínimo exento
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Se establece un mínimo exento de 600.000 € para los sujetos pasivos por obligación personal del impuesto que residan habitualmente en la Comunidad Valenciana. Ver artículo 8.
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Se establece un mínimo exento de 1.000.000 € para contribuyentes con discapacidad psíquica, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento y, para contribuyentes con discapacidad física o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento. Ver artículo 8.
Normativa
Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos (texto actualizado a 1 de enero de 2017)