El Registro de entidades valencianas socialmente responsables o Registro SIR es un registro público y administrativo adscrito a la Conselleria de Hacienda y Economía.
Se crea por la Ley 18/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, para el fomento de la responsabilidad social, y se desarrolla en el Decreto 200/2022, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se regula la responsabilidad social en las entidades valencianas.
Su finalidad es dar publicidad e información sobre el carácter socialmente responsable de las entidades inscritas.
El Registro SIR va a incentivar a las entidades valencianas a que interioricen y adopten estrategias, objetivos y comportamientos socialmente responsables que contribuyan al progreso sostenible de la sociedad.
La Unión Europea aspira a ser líder mundial en sostenibilidad y está utilizando la regulación como palanca de cambio, destacando:
Gracias al Decreto 200/2022, todas las entidades, sea cual sea su tamaño, tienen a su disposición un procedimiento y una herramienta online sencilla y efectiva para alinearse con la creciente normativa sobre sostenibilidad y con las exigencias de la sociedad y de los mercados en esta materia.
En base al informe que emiten el registro mercantil y la comisión mixta, la calificación de entidad valenciana socialmente responsable es otorgada por la Dirección General de Economía de la Conselleria de Hacienda y Economía, que también es la competente para tramitar y resolver la renovación, homologación, revocación y cancelación de dicha calificación.
Si la resolución es favorable, la entidad solicitante no debe realizar ningún trámite adicional: la inscripción en el Registro SIR será automática. Además, la calificación será inscrita y visible en toda la Unión Europea en el sistema de consultas del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España.
Cumplir con los principios y valores socialmente responsables indicados en la Ley 18/2018 y en el Decreto 200/2022.
Obtener en la autoevaluación la puntuación mínima establecida en el Decreto 200/2022.
Iniciar el procedimiento telemático, registrando la solicitud y aportando la siguiente documentación:
Empresas y Autónomos:
Cooperativas:
Entidades No Lucrativas*:
*Entidades No Lucrativas: universidades, organizaciones, asociaciones y fundaciones privadas y entidades de la economía social.