Aportaciones

Aportaciones

¿Puedo hacer aportaciones voluntarias en el Plan de Pensiones para el Personal Empleado público de la Generalitat?

Sí, podrás realizar aportaciones exclusivamente a tu cuenta cuando desees y en la cantidad que quieras, teniendo en cuenta el límite legal establecido.

¿Se pueden hacer aportaciones voluntarias a favor de personas partícipes con discapacidad?

Se podrán realizar aportaciones a favor de personas partícipes con un grado reconocido de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, así como de partícipes que tengan una incapacidad declarada judicialmente, independientemente de su grado, con los  especialidades establecidas en el texto consolidado de los especificaciones del Plan de Pensiones para el Personal Empleado público de la Generalitat.

¿Cuánto puedo aportar voluntariamente cada año?

La suma de todas las aportaciones, directas o imputadas a este u otros planes de pensiones, no puede exceder del límite legal establecido en la normativa vigente.

¿Cómo puedo efectuar aportaciones voluntarias?

Todos los trámites se realizan en los oficinas de CaixaBank, personalmente o a través de la banca en línea.

¿Puedo integrar los cantidades que tengo de otro plan de pensiones a este?

Sí, puedes pasar todas los cantidades que desees de otro plan de pensiones a este.

¿Puedo pasar los cantidades de los contribuciones que me hace el promotor en otro plan de pensiones que ya tengo?

No, los derechos consolidados de los personas partícipes de este plan de pensiones no pueden movilizarse a otros planes de pensiones, excepto cuando se extinga la relación laboral o de servicios con la entidad promotora.

¿Por qué?

Porque este plan es del sistema de empleo y la Ley de regulación de los planes y fondos no lo permite.

¿Cuál es la fiscalidad de las aportaciones?

Las aportaciones por parte del promotor (la empresa) a favor de la persona partícipe (trabajador/a) tienen un efecto fiscal neutro, es decir, son rendimientos de trabajo y como tal incrementan la base imponible, pero después es deducen de la misma base imponible. De hecho, todas las aportaciones realizadas, tanto los del promotor como los voluntarias, reducen la base imponible en la declaración del IRPF.

Nuevos límites de aportación/reducción y novedades fiscales

Una vez llegada la jubilación ¿puedo continuar haciendo aportaciones?

Sí. A partir de la jubilación el partícipe podrá continuar realizando aportaciones en su plan de pensiones.

¿Y cuando empiezo a cobrar el plan de pensiones?

Podrás continuar realizando aportaciones, pero solo podrán destinarse para las coberturas de defunción y dependencia.

¿Se están realizando contribuciones actualmente?

Desde el año 2012, las diferentes leyes de presupuestos de la Generalitat Valenciana no establecen ninguna cuantía en concepto de contribución individual en el Plan de Pensiones del Personal Empleado Público de la Generalitat y, por lo tanto, la declaración de partícipe de la persona interesada no tiene efectos económicos.