Organización y funcionamiento - Tributos
Organización y funcionamiento
- Correción de errores del Decreto 72/2023, de 19 de mayo, del Consell, por el que se atribuye a las oficinas liquidadoras de distrito hipotecario funciones para la gestión y liquidación de los impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Orden 7/2023 25 de mayo de 2023, de la Consellería de Hacienda y Modelo Económico, por la que se establece el sistema retributivo a percibir por las oficinas liquidadoras de distrito hipotecario por el ejercicio de las funciones atribuidas por la Generalitat.
-
Decreto 72/2023, de 19 de mayo, del Consell, por el que se atribuyen a las oficinas liquidadoras de Distrito Hipotecario funciones para la gestión y liquidación de los impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y actos Jurídicos Documentados.
-
Resolución de 23 de junio de 2015, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, por el que se modifica la Resolución de 29 de octubre de 2014, de delegación de determinadas competencias en órganos de esta conselleria y en otros Órganos de la Administración del Consell.
-
Decreto 84/2015, de 29 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Valenciano de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento orgánico y funcional de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, aprobado por el Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell.
-
Resolución de 29 de octubre de 2014, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, de delegación de determinadas competencias en órganos de esta conselleria y en otros Órganos de la Administración del Consell.
-
Decreto 139/2000, de 26 de septiembre, del Govern Valencià, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Inspectores de Tributos de la Generalitat Valenciana. (DOGV n.º 3854, de 10/10/2000).
-
Orden de 11 de marzo de 1991, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que se determina los órganos recaudadores de la Hacienda de la Generalitat y define sus competencias en materia de recaudación. (DOGV n.º 1520, de 12/04/1991).