Acciones de comunicación de obligado cumplimiento

Acciones de comunicación de obligado cumplimiento

Las obligaciones de comunicación se encuentran recogidas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y están especificadas en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

MARCA GVANEXT-CONVIVENCIA DE LOGOTIPOS

Con la finalidad de garantizar una adecuada difusión de los fondos asignados a la Comunitat Valenciana, a través del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), y de los proyectos que está desarrollando la administración de la Generalitat Valenciana y su sector público instrumental, financiados con estos fondos, se ha creado una marca distintiva específica de estos fondos, denominada “GVANEXT-Fondos Next Generation en la Comunitat Valenciana”.

Para reforzar la imagen de transversalidad de los fondos Next Generation en la Comunitat Valenciana será necesario la utilización de esta marca en todas aquellas acciones de comunicación, difusión y publicidad que lleven a cabo las distintas Consellerias y las entidades del sector público instrumental adscritas a éstas, en el marco de los proyectos o subproyectos que gestionen, financiados con fondos MRR, e incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Para una adecuada utilización de la marca GVANEXT, se ha elaborado un Manual de identidad corporativa de la marca, que incluye una descripción de los elementos básicos de la misma, así como de las aplicaciones de convivencia del logo GVANEXT, con los logotipos de la Generalitat Valenciana, del Plan de Recuperación y de la Unión Europea.

En cualquier futura acción de comunicación y difusión de proyectos o actuaciones incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, respecto a la convivencia de los logos del Plan de Recuperación y de la Unión Europea, con los logos propios de GVA y GVANEXT, deberán seguirse los siguientes criterios:

  • En el caso que el Ministerio responsable del proyecto comunique instrucciones concretas respecto a la convivencia de los logotipos, deberán seguirse estas indicaciones, añadiendo en todo caso el logo de GVANEXT, de conformidad con lo establecido en el Manual de identidad corporativa de la marca.
  • En defecto de indicaciones concretas del Ministerio responsable del proyecto, deberán seguirse las indicaciones recogidas en el Manual de identidad corporativa de GVANEXT, concretamente las establecidas en el apartado 2 del Manual, en donde se especifica la convivencia del logotipo de la UE y el logotipo del Gobierno de España-Plan de Recuperación (logotipos de obligada presencia), con otros logotipos que se muestren en asociación con ellos (logotipo de la Conselleria + logotipo GVANEXT). El orden será el siguiente: Logo UE + Logo Gobierno de España-Plan de Recuperación + Logo Conselleria + Logo GVANEXT. Estas indicaciones de convivencia se ajustan plenamente a los criterios establecidos en el Manual de Marca del Plan de Recuperación.

Es importante recordar con carácter general que:

  • En todos los proyectos y subproyectos que se desarrollen en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”, junto al logo del PRTR.
  • Cuando se muestre en asociación con otros logotipos, el emblema de la Unión Europea deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los otros logotipos. El emblema debe permanecer distinto y separado y no puede modificarse añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto. Aparte del emblema, no podrá utilizarse ninguna otra identidad visual o logotipo para destacar el apoyo de la UE.